El criterio básico para determinar el porcentaje aplicable sobre la inversión, renta líquida gravable o ventas, será la importancia que el establecimiento en cuestión tenga para el desarrollo del turismo, el ingreso de divisas y la generación de empleo, para lo cual se tendrán en cuenta los siguientes factores
Ubicación geográfica del proyecto;
Estado de desarrollo económico y social de la zona;
Capacidad hotelera instalada en la zona y sus rendimientos;
Origen de los fondos para la inversión;
Clase de establecimiento, y
Otros, a juicio del Consejo Nacional de Política Económica y Social.