Micelio

Artículo 6

Decreto 287 de 1924 · Sobre reorganización de las Escuelas Públicas de San Andrés y Providencia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Para regentar las anteriores escuelas se escogerán maestros graduados, en primer término, y en caso de que no fuere posible conseguirlos todos con este requisito, se escogerán los que falten de entre los actuales que tengan mayores conocimientos de castellano y de pedagogía moderna. Dado en San Andrés a los siete días del mes de enero de mil novecientos veinticuatro. Carlos M. Hernández .-El Secretario, Benjamín Baena B." Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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