Micelio

Artículo 8

Ley 3 de 1972 · por la cual se amplían unas autorizaciones al Gobierno Nacional para celebrar operaciones de crédito externo y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dos (2) Senadores y dos (2) Representantes elegidos respectivamente por las Comisiones Terceras del Senado y de la Cámara y los Presidentes de las Comisiones Cuarta de Senado y Cámara tendrán voz en las deliberaciones del Consejo Nacional de Política Económica y Social cuando se discutan los planes específicos de inversión con base en recurso de crédito o de ayuda externa y velarán especialmente porque se cumpla la distribución equitativa de tales recursos entre todas las regiones del país.

Parágrafo

El Secretario del Consejo citará con la debida anticipación a los voceros del Congreso en dicha entidad para las sesiones a que tengan derecho a asistir y les suministrará oportunamente los datos que éstos les soliciten para formar su criterio. Queda en estos términos modificado el parágrafo del artículo 2o. de la Ley 12 de 1965.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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