Los aspirantes a los concursos deberán llenar las siguientes condiciones
Ser colombianos por nacimiento;
Ser mayores de diez y ocho (18) años y menores de veinticinco (25) quienes posean solamente título de bachiller, y menores de treinta(30) años, quienes posean además título en una de las profesiones liberales señaladas en el artículo 17 del presente Decreto;
Reunir las condiciones morales, mentales y físicas indispensables para el servicio, las cuales serán estudiadas y calificadas por la Comisión de Personal de la Carrera, de acuerdo con el procedimiento que para el efecto determine dicha Comisión;
Haber definido su situación militar de conformidad con las normas vigentes sobre la materia;
Poseer título de bachiller u otro equivalente superior, expedido por institutos nacionales o extranjeros y reconocido por el Ministerio de Educación Nacional con arreglo a las normas sobre equivalencias de títulos académicos;
Poseer título en una de las profesiones a que se refiere el artículo 17, quienes aspiraren al ingreso en la categoría de Segundo Secretario, y
Poseer por lo menos una lengua viva, además del castellano.