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Artículo 11

Modifíquese El Artículo 17 Del Decreto Ley 4165 De 2011, El Cual Quedará Así: “ Artículo 17

Decreto 746 de 2022 · por el cual se modifica la estructura de la Agencia Nacional de Infraestructura y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modifíquese el artículo 17 del Decreto ley 4165 de 2011, el cual quedará así: “ Artículo 17. Vicepresidencia de Planeación, Riesgos y Entorno. Las funciones de la Vicepresidencia de Planeación, Riesgos y Entorno son las siguientes

1.

Establecer metodologías y desarrollar estudios económicos, sectoriales, de prio­rización de proyectos y de mercados, así como los demás estudios requeridos, previo al proceso de estructuración de los proyectos de concesión u otras formas de asociación pública privada a cargo de la entidad.

2.

Dirigir el banco de proyectos de la Agencia, en concordancia con las directrices del Ministerio de Transporte, el Departamento Nacional de Planeación y la Pre­sidencia de la Entidad.

3.

Asesorar en la definición estratégica de la reversión de las áreas e infraestructu­ra asociada a los contratos de concesión u otras formas de Asociación Público Privada a cargo de la Agencia.

4.

Definir los lineamientos para la formulación, actualización e implementación de la política de gestión del conocimiento de la Agencia, en coordinación con las demás Vicepresidencias.

5.

Establecer las metodologías para los procesos de planeación estratégica y ope­rativa, coordinar su implementación, elaborar en coordinación con otras áreas el plan estratégico y de acción de la Agencia, y una vez aprobados hacer el seguimiento y evaluación de los mismos y proponer los ajustes correspondientes.

6.

Diseñar metodologías y coordinar los estudios necesarios para efectuar la eva­luación de impacto de los proyectos a cargo de la Agencia.

7.

Definir los lineamientos para las evaluaciones de los procesos de la entidad y formular los ajustes pertinentes.

8.

Elaborar en coordinación con las demás dependencias la programación y con­solidación del plan de inversiones, y coordinar y actualizar la información re­querida en los sistemas establecidos para el seguimiento de los proyectos de inversión a cargo de la entidad.

9.

Coordinar y consolidar el anteproyecto de presupuesto de la Agencia, así como las modificaciones al presupuesto aprobado y realizar el análisis de la ejecución del presupuesto.

10.

Definir lineamientos para la adecuada implementación de las metodologías, relacionadas con la gestión integral de los riesgos corporativos de procesos institucionales, de lucha contra la corrupción, contractuales y los asociados a los proyectos de infraestructura de transporte y dirigir la gestión de riesgos de la Agencia.

11.

Definir lineamientos para la adquisición predial, manejo jurídico predial, mane­jo ambiental y social de los proyectos de infraestructura de transporte y demás formas de asociación público privadas, durante su estructuración y contrata­ción.

12.

Dirigir y hacer seguimiento a la gestión social, predial, jurídico predial y am­biental de los proyectos de infraestructura de transporte, en coordinación con las demás áreas de la Entidad, así como orientar la definición de metodologías y estrategias inherentes a dicho proceso.

13.

Apoyar la elaboración de los informes requeridos por los entes de control y de­más autoridades.

14.

Apoyar y promover la interacción entre las diferentes áreas de la entidad con las entidades del Gobierno para el desarrollo de los proyectos de infraestructura de transporte.

15.

Dirigir, orientar y hacer seguimiento al Modelo Integrado de Planeación y Ges­tión Institucional, en coordinación con las dependencias de la Entidad.

16.

Definir la estrategia tecnológica, diseñar, implementar y administrar los siste­mas de información, los recursos tecnológicos y el soporte técnico requerido por la Entidad.

17.

Recomendar ante la instancia correspondiente la suscripción de las concesiones portuarias de acuerdo con las regulaciones vigentes.

18.

Recomendar ante la instancia que corresponda, los proyectos de Asociación Público-Privada de iniciativa privada, que pasan a etapa de pre factibilidad o factibilidad.

19.

Recomendar ante la instancia que corresponda la apertura del proceso de con­tratación de los proyectos de Asociación Público-Privada de iniciativa pública.

20.

Recomendar ante la instancia que corresponda la suscripción de la adjudicación de los proyectos de Asociación Público-Privada de iniciativa pública e iniciativa privada.

21.

Recomendar ante la instancia que corresponda, la suscripción de las prórrogas y adiciones de los contratos de Asociación Público-Privada de iniciativa pública e iniciativa privada.

22.

Orientar la formulación, ejecución, seguimiento, evaluación y proyección de los ajustes requeridos al plan estratégico y de acción de la Agencia, de acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo y las políticas y directrices del Sector.

23.

Establecer lineamientos, para la adecuada implementación de la política de transparencia y sus mecanismos asociados, con el fin de contribuir al fortaleci­miento institucional.

24.

Definir lineamientos para el seguimiento y el ejercicio de la representación y defensa judicial en los procesos de expropiación judicial o administrativa, pro­cesos ejecutivos, administrativos, acciones de tutela y policivas, relativos a la adquisición de inmuebles para los proyectos de infraestructura de transporte a cargo de la Entidad.

25.

Cumplir con los lineamientos descritos en el Código de Buen Gobierno Corpo­rativo, incluyendo la participación en mesas técnicas, comités internos, y demás instancias de decisión creadas para la toma de decisiones, la comunicación in­terna y los reportes e informes que se deban rendir al Consejo Directivo y a la Alta Dirección según corresponda.

26.

Cumplir las políticas institucionales establecidas en el marco de buenas prác­ticas de gobierno corporativo y seguir los compromisos y lineamientos en ellas definidos.

27.

Revelar potenciales o reales conflictos de interés, para su adecuada gestión por parte de la Agencia.

28.

Desempeñar las demás funciones que le sean asignadas de conformidad con lo establecido en la ley y los reglamentos”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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