La División de Supervisión Administrativa tendrá las siguientes funciones: 21.1 Revisar la ejecución presupuestal de los Distritos de Obras Públicas y proponer a las Direcciones correspondientes las medidas que deban adoptarse para lograr la plena normalidad. 21.2 Practicar visitas administrativas a los Distritos de Obras Públicas y colaborar con las Direcciones respectivas en el control y orientación de los aspectos de licitaciones y contratos, comercial y financieros y de relaciones industriales. 21.3 Informar a las Direcciones correspondientes, acerca del funcionamiento administrativo de los Disritos de Obras Públicas, de conformidad con las visitas e investigaciones realizadas. 21.4 Llevar el control administrativo de los contratos que se ejecuten dentro de la jurisdicción de cada Distrito de Obras Publicas e informar a las dependencias correspondientes sobre el desarrollo de los mismos. Capítulo IV. De la Subdirección ce Equipos.
Decreto 1322 de 1983 →Vigente
Artículo 21
La División De Supervisión Administrativa Tendrá Las Siguientes Funciones: 21
Decreto 1322 de 1983 · Por el cual se determinan las funciones de las divisiones y secciones pertenecientes a cada una de las oficinas, direcciones y subdirecciones del Ministerio de Obras Públicas y Transporte
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.