Micelio

Artículo 2.4.5.3.2

Decreto 1730 de 1991 · por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 2.4.5.3.2 .- RECURSOS ADICIONALES. Adicionalmente la Financiera Energética Nacional S. A., FEN, contará, entre otros, con los siguientes recursos

a)

Los provenientes de la colocación de títulos valores en el mercado nacional

b)

La colocación de títulos valores en el mercado externo, y

c)

Los empréstitos internos o externos que contrate.

Parágrafo

- El Gobierno Nacional podrá ordenar a las entidades del sector energético del orden nacional y a otras entidades públicas nacionales, previo concepto del Conpes, efectuar inversiones en títulos valores emitidos por la Financiera Energética Nacional S. A., FEN, en las condiciones financieras de los títulos valores emitidos para captar ahorro privado. CAPITULO IV. DE LAS OPERACIONES

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1730 de 1991