Micelio

Artículo 1

Diario Oficial

Ley 365 de 1877 · Del Estado del Magdalena "de honores al Jeneral Delgado"

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. El pueblo soberano del Magdalena reconoce, por el órgano de sus delegados, la importancia de los servicios prestados por el señor Jeneral Daniel Delgado a la causa de las instituciones en la última guerra civil; le tributa un homenaje de aprecio por la decisión con que se ha consagrado al servicio de la República, i recomienda su nombre a la admiración de los amantes de la libertad i el progreso del pais.

El Poder Ejecutivo del Estado remitirá al señor Jeneral Daniel Delgado un ejemplar auténtico de esta lei i solicitará del Poder Ejecutivo federal la publicación de ella en el Diario Oficial de la Nacion.

Dada en Santamaría, a siete de setiembre de mil ochocientos setenta i siete.

El Presidente, J osé. I. Díaz Granádos

El Secretario, V . Noguera Maza

Santamaría, setiembre ocho de mil ochocientos setenta i siete.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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