Son funciones de los Consejos Directivos de las Facultades y Escuelas:
Elaborar los planes de enseñanza o investigación, así como el reglamento interno de la respectiva unidad, y someterlos a la aprobación del Consejo Académico.
Elaborar el anteproyecto de presupuesto anual y someterlo al Rector;
Servir de órgano consultivo permanente de la respectiva unidad, y decidir en aquellos casos determinados por el reglamento.
Proponer al Rector la designación del personal docente y del personal auxiliar de la docencia, de acuerdo con las prescripciones del estatuto del profesorado.
Presentar al Rector listas de seis (6) nombres de personas que reúnan las cualidades determinadas por el estatuto orgánico, como candidatos para Decano o Director de la respectiva unidad docente o investigativa;
Crear comités asesores de acuerdo con las normas que fije el estatuto orgánico.
Las demás que les señalen el estatuto orgánico y los reglamentos.