Micelio

Artículo 132

Decreto 1000 de 1986 · Por el cual se dictan disposiciones sobre expedición de visas y control de extranjeros

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La División de Extranjería del Departamento Administrativo de Seguridad ordenará mediante resolución motivada, con base en el informativo adelantado por la Sección de Investigaciones, la expulsión del territorio nacional de los extranjeros incursos en alguna de las causales establecidas en el artículo anterior. Contra esta providencia procederán los recursos de la vía gubernativa, los que se concederán en el efecto suspensivo y podrán interponerse dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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