El investigado y el defensor para los fines de su cargo, tienen los siguientes derechos:
Acceder a la actuación disciplinaria.
Designar defensor si lo considera necesario.
Ser oído en versión libre, en cualquier etapa de la actuación, hasta antes del fallo de primera instancia.
Solicitar o aportar pruebas y controvertirlas, e intervenir en su práctica.
Rendir descargos.
Impugnar y sustentar las decisiones cuando hubiere lugar a ello.
Obtener copias de la actuación.
Presentar alegatos de conclusión antes del fallo de primera instancia.