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Artículo 1

Hacer Las Siguientes Distribuciones En El Presupuesto De Gastos De La Vigencia Fiscal De 1973: Presupuesto De Funcinamiento Ministerio De Salud Pública Capítulo 231 Ministerio De Salud Pública Programa 251 Dirección Superior Transferencias 203 111 411

Decreto 612 de 1973 · Por la cual se hacen unas distribuciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia de 1973 (Ministerio de Salud Pública), por $ 1.775.000.00 y $ 315.000.00

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Hacer las siguientes distribuciones en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1973: PRESUPUESTO DE FUNCINAMIENTO Ministerio de Salud Pública Capítulo 231 Ministerio de Salud Pública Programa 251 Dirección Superior Transferencias 203 111 411. Artículo 2322. Para programas de emergencia sanitaria $3.000.000. Que se distribuye parcialmente así: Ordinal 3. Hospital San José, de Popayán $ 500.000 Ordinal 4. Servicio Seccional de Salud del Departamento de Nariño 500.000 Ordinal 5. Hospital Mental "Isabel Ferro de Buendía", Municipio de Armero, Tolima 200.000 Ordinal 6. Para la Casa del Pobre, Chaparral, Tolima 75.000 Ordinal 7. Hospital San Juan de Dios, Armenia 500.000 Total $ 1.775.000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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