Micelio

Artículo 1

Ley 66 de 1930 · POR LA CUAL SE INCLUYEN LOS DISTRITOS DE RÍO DE ORO Y GONZÁLEZ EN LA REBAJA DEL PRECIO DE LA SAL, Y SE DAN ALGUNAS AUTORIZACIONES AL GOBIERNO EN MATERIA DE SALINAS MARÍTIMAS

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La autorización al Gobierno de que trata el artículo 4º de la ley 56 de 1923 , se hace extensiva a la sal que se destine al consumo de los Municipios de Rio de Oro y González, en el departamento del Magdalena.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 66 de 1930