Art 6.° Los gastos que exija el cumplimiento de la presente ley se tendrán como incluidos en los Presupuestos respectivos, a contar desde el año de 1893.
Ley 75 de 1892 →Vigente
Artículo 6
Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Noviembre 13 De 1892
Ley 75 de 1892 · sobre construcción del Ferrocarril de Santander
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.