Micelio

Artículo 2.2.1.9.4.9

Autorización A Los Organismos De Evaluación De La Conformidad Para El Otorgamiento Del Derecho De Uso Del Sello

Decreto 1074 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorización a los organismos de evaluación de la conformidad para el otorgamiento del derecho de uso del Sello. Los organismos de evaluación de la conformidad debidamente acreditados por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (ONAC) con la norma ISO/lEC 17065 y esquema de certificación tipo 6 según ISO/lEC 17067, con alcance en los sectores IAF relacionados con el sector turismo, quedan autorizados para que reciban solicitudes, otorguen, denieguen, gestionen y cancelen el derecho de uso del Sello, en los términos de la presente reglamentación y las que la modifiquen, adicionen o sustituyan. Los organismos de certificación quedan autorizados únicamente para lo descrito en el presente artículo y no para el uso Sello.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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