Artículo tercero. Los auxilios que el Gobierno Nacional destine para la financiación de excursiones estudiantiles, deberán ser adjudicados, en cada caso, cuando ellos no alcancen a cubrir los gastos de todos los estudiantes del curso o cursos que proyectan la excursión, a estudiantes que hayan obtenido el mayor cómputo de calificaciones en el año respectivo.
Decreto 3195 de 1955 →Vigente
Artículo 3
Decreto 3195 de 1955 · Por el cual se concede un auxilio a la Universidad Industrial de Santander
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.