Micelio

Artículo 24

Ley 7 de 1916 · Sobre formación, discusión y expedición de los Presupuestos Nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Deróganse los Títulos I Y II, el inciso c) del artículo 238, los artículos 274 y 275 del capítulo III, Título y, Libro 3°. del Código Fiscal y la Ley 119 de 1914 , pero los vales del Tesoro emitidos hasta la fecha de la sanción de esta Ley, y que están en circulación, continuarán recibiéndose hasta su completa amortización, en el 10 por 100 de las rentas y contribuciones nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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