Micelio

Artículo 3

Ley 24 de 1935 · Por la cual se dispone la reconstrucción de edificios de particulares pobres, en el Departamento del Magdalena, se abre un crédito adicional y se dan autorizaciones al Gobierno

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Abrase a la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso el siguiente crédito extraordinario: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Gastos varios.

Artículo 278-C. Para la reconstrucción de las casas de particulares pobres, no aseguradas, afectadas por los indicios de Fundación y el Reten de 26

De marzo y 14 de abril del presente año, doce mil pesos $ 12, 000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 24 de 1935