El Director de Talento Humano o quien haga sus veces publicará durante los dos (2) días hábiles anteriores a la fecha de las elecciones, la lista general de los electores con indicación del documento de identidad y del número y ubicación de la mesa en la que les corresponderá votar. Los jurados de votación sufragarán en la mesa en donde ejerzan su función.
Los electores sufragarán en la sede en la cual prestan sus servicios de manera permanente. Si por necesidades del servicio o por otra circunstancia el empleado elector estuviese temporalmente fuera de su sede, podrá votar en el lugar donde se encuentre, previa comprobación y aceptación del hecho por parte del jurado de votación. De este hecho se dejará constancia en el acta.
El voto será secreto y el derecho a elegir no podrá ser objeto de delegación ni el elector podrá hacerse representar para sufragar.