º . El Gobierno Nacional a través del Departamento Administrativo de Planeación y en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley 24 de 1959, celebrará un contrato con el Banco de la República con el fin de que, mediante la prestación de su asistencia técnica, ésta entidad organice una cuenta especial que se denominará "Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo". (FONADE), y cuyo objeto será el de financiar total o parcialmente a entidades de Derecho Público o Privado los estudios a que se refiere el presente Decreto.
Decreto 2080 de 1967 →Vigente
Artículo 2
º
Decreto 2080 de 1967 · Por el cual se reglamenta el artículo 2°, ordinal k) de la Ley 9ª de 1962 y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.