Micelio

Artículo 6

º

Decreto 2878 de 1991 · por el cual se reglamenta el Decreto 1032 de 1991.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Procedimiento . El procedimiento será abreviado sujeto a las siguientes etapas

a)

Una vez recibida la queja se evaluarán las circunstancias de tiempo, modo y lugar de la posible infracción para determinar la prioridad en el traslado de funcionarios de la Superintendencia Nacional de Salud al lugar de los hechos o, en su defecto, la formulación del pliego de cargos al representante legal, administrador funcionarios empleado, o, en general, a los presuntos responsables del incumplimiento en la atención obligatoria a que se refiere el artículo cuarto del Decreto 1032 de 1991.

b)

Los funcionarios delegados tendrán un término de quince (15) días para que se practiquen pruebas, visitas de Inspección y las demás diligencias previstas en la Ley que permitan determinar la veracidad de los hechos y las responsabilidades correspondientes.

c)

La Superintendencia Nacional de Salud tendrá facultades para solicitar la concurrencia inmediata ante la respectiva Seccional del presunto responsable de la infracción para lo cual contará con un término de diez (10) días, con el propósito de atender el pliego de cargos que se le formule.

d)

De todo lo anterior se deberá presentar un Informe sucinto y detallado ante el Superintendente Seccional de Salud quien determinará, según las reglas de la sana crítica, si es necesario practicar nuevas pruebas, si se amplía la investigación o resuelve de plano. Para lo anterior se tendrá un término de tres (3) días para que el Informe sea presentado y cinco (5) días para que el Superintendente decida la acción a continuar. Si determina la práctica de nuevas pruebas o la ampliación de la Investigación, proferirá resolución motivada en la que determine los términos para tales efectos, los cuales no podrán ser superiores al máximo previsto en el presente Decreto.

e)

Si el Superintendente seccional de Salud considera que el Informe es suficiente para resolver de plano lo hará mediante resolución motivada en la que establezca la gravedad del Incumplimiento sus consecuencias, las circunstancias atenuantes su naturaleza y demás conceptos que sirvan de valoración para determinar la sanción a Imponer.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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