°. Disposición transitoria . Las personas naturales o jurídicas que a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto hubieren inobservado, total o parcialmente el deber de reporte establecido mediante el Decreto número 1988 de 2013, podrán presentar, corregir o completar los reportes correspondientes en un plazo que vence a los treinta (30) días hábiles siguientes a su publicación.
Decreto 625 de 2014 →Vigente
Artículo 4
Disposición Transitoria
Decreto 625 de 2014 · por el cual se modifica el Decreto número 1988 de 2013.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.