Art. 162. Los individuos que sean sumariados por un nuevo delito mientras estén gozando del beneficio de la excarcelación, perderán este beneficio y serán reducidos a prisión, siempre que en el nuevo sumario haya mérito suficiente para dictar auto de detención contra ellos, y aunque el último delito que se les atribuya sea de aquéllos que admiten excarcelación.
apelaciónes y consultas.