Micelio

Artículo 7

Integración

Decreto 302 de 2004 · por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia de Notariado y Registro y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Integración . El Consejo Directivo estará integrado por cinco (5) miembros así: - El Ministro del Interior y de Justicia o el Viceministro de Justicia quien lo presidirá. - El Jefe del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, o del organismo que haga sus veces, o su delegado. - El Director del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi” o su delegado. - Dos (2) representantes del Presidente de la República, quienes no podrán ser notarios, ni registradores en el ejercicio de sus cargos, ni haberlos desempeñado en el período inmediatamente anterior. El Superintendente asistirá a las reuniones del Consejo con derecho a voz.

Parágrafo

El Secretario General de la Superintendencia será el Secretario del Consejo Directivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 302 de 2004