Artículo único. Créese el empleo de Subjefe de la Sección 4.ª del Ministerio de Gobierno con la asignación mensual de cinto cincuenta pesos ($ 150), y nómbrase al Sr. Ismael Crespo para ocupar dicho puesto, en propiedad. Comuníquese y publíquese. Dado en Sopó (Departamento de Cundinamarca), á 9 de Enero de 1896. M. A. CARO. El Ministro de Gobierno, Rafael Reyes
Decreto 4 de 1896 →Vigente
Artículo 1
Decreto 4 de 1896 · Por el cual se crea un empleo y se hace un nombramiento
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.