º En cada Distrito Judicial, mientras se designan y asumen funciones los Jueces de Orden Público y los Magistrados de la Sala Especial de Juzgamiento del respectivo Tribunal Superior, continuarán conociendo de la investigación y fallo de los delitos que se refieren los Decretos 180, 181 y 261 de 1988, los Jueces que hasta la fecha de expedición de los mencionados Decretos tenían la respectiva competencia.
Decreto 333 de 1988 →Vigente
Artículo 1
En Cada Distrito Judicial, Mientras Se Designan Y Asumen Funciones Los Jueces De Orden Público Y Los Magistrados De La Sala Especial De Juzgamiento Del Respectivo Tribunal Superior, Continuarán Conociendo De La Investigación Y Fallo De Los Delitos Que Se Refieren Los Decretos 180, 181 Y 261 De 1988, Los Jueces Que Hasta La Fecha De Expedición De Los Mencionados Decretos Tenían La Respectiva Competencia
Decreto 333 de 1988 · Por el cual se dicta una disposición, en materia de procedimiento penal.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.