°. Comité Especial. Con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley 391 de 1997, créase un Comité Especial para la organización y puesta en marcha del Instituto Tecnológico de Soledad, Atlántico, el cual estará conformado por
El Ministro de Educación Nacional o su delegado, quien lo presidirá.
El Director del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado.
El Gobernador del Departamento del Atlántico, o su delegado.
El Alcalde Municipal de Soledad, o su delegado.
El Director General del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes, o su delegado.