Artículo primero. La República rinde honores a la memoria del esclarecido estadista, paradigma republicano y eximio Presidente de Colombia, doctor Enrique Olaya Herrera, al cumplirse el 12 de noviembre de 1980 el primer centenario de su nacimiento en el Municipio Boyacense de Guateque, y al hacerlo exalta su obra de gobernante y conductor político como precursor de la transformación institucional colombiana que en el período de su mandato y en los años subsiguientes habría de crear las condiciones materiales y culturales para el gran cambio que se realizó en el país.
Ley 10 de 1976 →Vigente
Artículo 1
Ley 10 de 1976 · Por la cual se rinden honores a la memoria del Presidente de la República doctor Enrique Olaya Herrera y la Nación se asocia al centenario de su nacimiento
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.