ARTICULO 3° El Jefe de la Oficina Jurídica, es competente para
1.
Ejercer las atribuciones señaladas en el artículo 6° del Decreto 2145 de 1992.
2.
Las demás que le sean asignadas por ley, decreto o reglamento. Oficina de Planeación.
El Jefe De La Oficina Jurídica, Es Competente Para: 1
Decreto 1741 de 1993 · por el cual se asignan competencias a las dependencias del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
ARTICULO 3° El Jefe de la Oficina Jurídica, es competente para
Ejercer las atribuciones señaladas en el artículo 6° del Decreto 2145 de 1992.
Las demás que le sean asignadas por ley, decreto o reglamento. Oficina de Planeación.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.