Finagro en su calidad de administrador de los recursos destinados al programa de Incentivos a la Capitalización Rural y los intermediarios financieros, dentro de las acciones de evaluación, aprobación y seguimiento de los créditos y del control de sus correspondientes inversiones, verificarán, según les corresponda, el cumplimiento de las condiciones de elegibilidad, de otorgamiento y pago del Incentivo, de conformidad con los términos reglamentados por la CNCA.
Artículo 13
Finagro En Su Calidad De Administrador De Los Recursos Destinados Al Programa De Incentivos A La Capitalización Rural Y Los Intermediarios Financieros, Dentro De Las Acciones De Evaluación, Aprobación Y Seguimiento De Los Créditos Y Del Control De Sus Correspondientes Inversiones, Verificarán, Según Les Corresponda, El Cumplimiento De Las Condiciones De Elegibilidad, De Otorgamiento Y Pago Del Incentivo, De Conformidad Con Los Términos Reglamentados Por La Cnca
Decreto 626 de 1994 · Por el cual se reglamenta la Ley 101 de 1993 y se dictan algunas disposiciones sobre el Incentivo a la Capitalización Rural
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.