Micelio

Artículo 1

El Artículo 799 Del Decreto 2427 De 1956 Quedará Así: Las Autoridades De Policía, Previa Solicitud Del Ministerio De Comunicaciones, Suspenderán Los Servicios De Telecomunicaciones Que Funcionen Sin La Licencia Correspondiente Y Decomisarán Sus Equipos, Los Cuales Serán Remitidos Al Instituto Nacional De Radio Y Televisión - Inravisión-

Decreto 1462 de 1977 · Por el cual se modifica el artículo 799 del Decreto 2427 de 1956

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El artículo 799 del Decreto 2427 de 1956 quedará así: Las autoridades de policía, previa solicitud del Ministerio de Comunicaciones, suspenderán los servicios de telecomunicaciones que funcionen sin la licencia correspondiente y decomisarán sus equipos, los cuales serán remitidos al Instituto Nacional de Radio y Televisión - Inravisión-.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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