Micelio

Artículo 2

º

Decreto 1539 de 1999 · por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto Legislativo 350 de 1999

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Administración de recursos. Los recursos de que trata el artículo 1º de este decreto serán administrados por las Cajas de Compensación Familiar a través de un fideicomiso de administración que se denominará Focafé.

Parágrafo 1

El fideicomiso de administración tendrá una Junta Administradora conformada por un representante del Ministerio de Desarrollo Económico que lo presidirá, un representante del Ministerio de Trabajo, un representante del Fondo para la Reconstrucción y Desarrollo Social del Eje Cafetero, un representante de Asocajas, un representante de Fedecajas, un representante de Comfenalco Quindío, uno de Comfamiliar Quindío, uno de Confamiliares de Caldas, uno de Comfamiliar Risaralda, y un representante de Comcaja. Con cargo a los recursos de este fideicomiso se asignará el subsidio del que trata el presente decreto. Las instrucciones de la Junta Administradora del Fideicomiso deben estar respaldadas por escrito, con la firma de cada una de las personas que la integran, con indicación de los votos, entendiéndose en todo caso que las decisiones se tomarán con una mayoría de las dos terceras (2/3) partes de los votos.

Parágrafo 2

En el acto de constitución del fideicomiso deberá establecerse que la fiduciaria responderá hasta por culpa levísima por el manejo de los recursos, garantizando su recta aplicación a los fines previstos en el Decreto 350 de 1999 y en el presente decreto.

Parágrafo 3

En cada una de las reuniones de la Junta Administradora del Fideicomiso Focafé, deberá asistir un representante de la Superintendencia del Subsidio Familiar, con el fin de realizar el seguimiento y control de los procedimientos aprobados.

Parágrafo 4

Para cubrir los costos y gastos de administración del fondo, incluyendo las publicaciones a que haya lugar, se imputará hasta el cinco por ciento (5%) del valor correspondiente a las transferencias mensuales al Fideicomiso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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