°. Con base en el recurso de- que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Educación Nacional. CAPITULO 280 Ministerio de Educación Nacional. Programa 316. Educación elemental. Subprograma 2. Educación primaria general, Magisterio de primaria, restaurantes y territorios escolares. Transferencias. 203, 312, 412. Artículo 2917. Aporte a los Departamentos para sueldos del Magisterio $9.000.000.00 Ordinal 23. Valle $9.000.000.00 PRESUPUESTO DE INVERSION Ministerio de Comunicaciones. CAPITULO 700 Ministerio de Comunicaciones. Programa 702. Construcción remodelación de edificios y dotación de buzones. 585, 273. Artículo 7004. Subcentrales 3.000.000.00 Proyecto 1. Subcentral Manuel "Murillo Toro", Bogotá, D. E $3.000.000.00 Ministerio de Obras Públicas. CAPITULO 710 Ministerio de Obras Públicas. Programa 718. Aportes para obras públicas en los Departamentos, Municipios y Territorios Nacionales. Subprograma 3. Oteas varias. Inversión indirecta 615, 443. Artículo 7196. Departamento, de Antioquia 800.000.00 Proyecto 4. Sansón: Reparación Catedral $ 800.000.00 615, 443. Artículo 7205. Departamento del Quindío 800.000.00 Proyecto 12. Armenia: Construcción de la Catedral (Ley 73/68) 800.000.00 Suman los créditos $13.600.000.00
Decreto 1946 de 1970 →Vigente
Artículo 2
Con Base En El Recurso De- Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1970: Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Educación Nacional
Decreto 1946 de 1970 · Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1970 (Ministerios de Educación Nacional, Comunicaciones y Obras Públicas), por $ 13.600.000.00
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.