º . Funciones de la Junta Liquidadora . Serán funciones de la Junta Liquidadora, las siguientes
Evaluar y aprobar las rendiciones de cuentas e informes de gestión presentados por el Liquidador.
Tomar las decisiones que le sean sometidas a su consideración por parte del Liquidador, en relación con el desarrollo del procedimiento liquidatorio.
Solicitar al Liquidador cuando lo considere conveniente, información relacionada con el proceso de liquidación y el avance del mismo.
Autorizar al Liquidador para suscribir los actos y contratos requeridos para el debido desarrollo de la liquidación.
Autorizar al Liquidador para transigir, conciliar, comprometer, compensar o desistir judicial o extrajudicialmente en los procesos y reclamaciones que se presenten dentro de la liquidación.
Autorizar al Liquidador la transferencia de los bienes que de conformidad con la normatividad vigente deban ser entregados a terceros.
Estudiar y aprobar el anteproyecto del presupuesto anual de la Caja de Previsión Social de la Superintendencia Bancaria, Capresub, en Liquidación, así como los traslados y adiciones presupuestales que garanticen el proceso de liquidación.
Aprobar el programa de supresión de empleos que presente el Liquidador.
Examinar las cuentas y aprobar anualmente, o cuando lo estime conveniente, el balance y los estados financieros de la Caja de Previsión Social de la Superintendencia Bancaria, Capresub, en Liquidación.
Darse su propio reglamento en lo que tiene que ver con el quórum requerido para toma de decisiones, el lugar de sus reuniones y la periodicidad de las mismas.
Organizar comités de trabajo permanentes y accidentales, integrados por miembros de la Junta Liquidadora y el Liquidador de la Caja de Previsión Social de la Superintendencia Bancaria, Capresub, en Liquidación, con el objeto de que estudien y conceptúen sobre los temas que sean de su competencia.
Las demás que conforme a la naturaleza de sus funciones le señale la ley.