Micelio

Artículo 22

Decreto 1732 de 1997 · por el cual se reglamenta el título IX de la Ley 201 de 1995 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Recepción de la inscripción. Al recibo de la inscripción se deberá consignar, en el formato que se establezca y en el orden que le corresponda, el nombre y documento de identidad del aspirante y el número de folios aportados. Las inscripciones se cerrarán una (1) hora antes de terminarse la jornada laboral del último día, previsto en la convocatoria para esta etapa del proceso. La Sección de Selección y Carrera, verificará que el formato de inscripción de los aspirantes, corresponda a una numeración continua, de acuerdo con el orden de inscripción, y que haya sido debidamente diligenciado por el funcionario responsable, para lo cual deberá dejar constancia con su firma el Jefe de la Sección de Selección y Carrera, verificando y registrando el número de inscritos para participar en el concurso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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