ARTICULO 21 . PROCEDIMIENTO DE SOLUCIÓN DE VIVIENDA. La Caja Promotora de Vivienda Militar establecerá los procedimientos para facilitar, a los afiliados y vinculados por contrato de prestación de servicios, la adquisición de vivienda teniendo en cuenta su antigüedad y recursos. Dentro de los procedimientos anteriores los afiliados y vinculados por contrato de prestación de servicios elegirán libremente la solución de vivienda en los programas promovidos por la Empresa o por cualquiera de los ofrecidos en el mercado. Salvo los casos de que trata el artículo 26 del presente Decreto, la Caja siempre actuará a nombre del afiliado o vinculado por contrato de prestación de servicios. CAPITULO VI. REGIMEN DE INTERESES Y SUBSIDIOS
Decreto 353 de 1994 →Vigente
Artículo 21
Decreto 353 de 1994 · por el cual se modifica la caja de Vivienda Militar y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.