º. La parte pertinent del artículo 2º del Decreto 1350 del 10 de agosto de 1995, quedará así: NOTA: ESTA NORMA POR SU EXTENSIÓN Y COMPLEJIDAD PUEDE SER CONSULTADA EN EL DIARIO OFICIAL. No.42009
Decreto 1592 de 1995 →Vigente
Artículo 5
La Parte Pertinent Del Artículo 2º Del Decreto 1350 Del 10 De Agosto De 1995, Quedará Así: Nota: Esta Norma Por Su Extensión Y Complejidad Puede Ser Consultada En El Diario Oficial
Decreto 1592 de 1995 · por el cual se efectúan algunos ajustes en el Presupuesto General de la Nación, de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta con régimen de aquellas para la vigencia fiscal de 1995.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.