Micelio

Artículo 6

Ley 56 de 1962 · Por la cual se dictan medidas sobre salvoconductos para portar armas de defensa personal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los salvoconductos serán válidos por el término de dos años, y deberán hacerse revalidar antes de expirar el plazo para el cual fueron expedidos o revalidados.

Parágrafo

Cuando el arma se pierda o extravíe debe darse inmediato aviso a la respectiva autoridad que expidió el salvoconducto, y devolver éste a esa misma autoridad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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