Se autoriza al Gobierno Nacional para que, de acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo, invierta los recursos humanos y financieros necesarios para la investigación de la flora y fauna del departamento y para desarrollar su explotación comercial de manera sostenible.
Ley 915 de 2004 →Vigente
Artículo 41
Ley 915 de 2004 · por la cual se dicta el Estatuto Fronterizo para el Desarrollo Económico y Social del departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.