Artículo cuarto. Para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de la Escuela Normal de Rurales, de Málaga, se distribuyen las siguientes partidas, apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así: a).Capitula 94, artículo 1169. Sueldos en 12 meses, enero a diciembre: Mensual Total Directora 450.00 5.400.00 Secretaría-Habilitada 230.09 3.009.00 5 Profesoras Internas, Directoras de Grupo, a $ 280.00 cada una 1.400.00 16.880. 00 Directora da la Escuela Anexa 290.00 3.470.00 Capellán-Profesor 140.00 1.680.00 Médico-Profesor 120.00 1.440.00 Dentista 100.00 1.000.00 Profesor de Agricultura 100.00 1.200.00 Enfermera-Profesora Bibliotecaria 100.00 1.000.00 Profesor de Música 50.00 600.00 Profesor de Canto 50.00 600.00 Ecónoma 80.00 880.00 Portera 70.00 840.00 4 Profesoras internas de la Escuela Anexa a $ 215.00 cada una 860.00 10.220.00 Servicio doméstico, según distribución que haga la Directora 433.33 5.799.96 Totales $ 4.583.33 54.990.96 b). Capítulo 54, artículo 1170. Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De 70 alumnas becadas a$ 40.00 cada una 2.800.00 28.000.00 De 15 empleados internas, a $ 40.00 cada una 600.00 6.000.00 Del servicio doméstico 230.00 2.300.00 Del restaurante de la Escuela Anexa 230.00 2.000.000 Sumas 3.830.00 38.300.00 Enero y diciembre: Alimentación del personal que por razón de sus cargas debe permanecer en el plantel durante la época de vacaciones 180.00 360.00 Enero a diciembre: Servicio de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, excursiones, reparaciones, dotación, Jornales, imprevistos y demás gastos de la Escuela en el año 528.33 6.339.96 Total $ 44.999.96
Decreto 842 de 1953 →Vigente
Artículo 1169
Sueldos En 12 Meses, Enero A Diciembre: Mensual Total Directora 450
Decreto 842 de 1953 · Por el cual se distribuyen las partidas para sueldos de personal, alimentación y gastos varios de las Escuelas Normales Agrícolas, Escuelas Normales Rurales, Escuelas complementarias (Vocacionales) Agrícolas y Cursos para Campesinos Adultos del pais
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.