Micelio

Artículo 2

Ley 33 de 1980 · por la cual se efectúa unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos (Ministerios de Hacienda y Crédito Público-Deuda Pública Nacional, Trabajo y Seguridad Social, Salud y Educación Nacional) por $ 385.073.000.00 y se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos (Departamento Nacional de Planeación y Ministerios de Trabajo y Seguridad Social, Salud, Desarrollo Económico y Educación Nacional) por $ 36.597.446, para la vigencia fiscal de 1980.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Con base en el recurso de que trata el artículo anterior ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos de la actual vigencia:

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 33 de 1980