Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno. El Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno cumplirá las siguientes funciones
Recomendar pautas para la determinación, implantación, adaptación, complementación y mejoramiento permanente del Sistema de Control Interno del Departamento, de conformidad con las normas vigentes.
Estudiar y revisar la evaluación del cumplimiento de las metas y objetivos del Departamento, dentro de las políticas y planes sectoriales y recomendar los correctivos necesarios.
Asesorar al Director del Departamento en la definición de planes estratégicos y en la evaluación del estado de cumplimiento de las metas y objetivos allí propuestos.
Recomendar prioridades para la adopción, adaptación, adecuado funcionamiento y optimización de los sistemas de información gerencial, estadístico, financiero, de planeación y de evaluación de procesos, así como para la utilización de indicadores de gestión generales y por áreas.
Estudiar y revisar la evaluación al cumplimiento de los planes, sistemas de control y seguridad interna y los resultados obtenidos por las dependencias del Departamento.
Revisar el estado de ejecución de los objetivos, políticas, planes, metas y funciones que corresponden a cada una de las dependencias del Departamento.
Coordinar con las dependencias del Departamento el mejor cumplimiento de sus funciones y actividades.
Presentar a consideración del Director del Departamento propuestas de modificación a las normas sobre control interno vigentes en la entidad.
Reglamentar el funcionamiento de los distintos subcomités de coordinación del sistema de control interno que se organicen.
Las demás que le sean asignadas por el Director del Departamento.