Micelio

Artículo 41

Dirección De Relación Con La Ciudadanía

Decreto 1430 de 2025 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de Relación con la Ciudadanía . Son funciones de la Dirección de Relación con la Ciudadanía, las siguientes

1.

Diseñar, implementar y realizar seguimiento al modelo, políticas, estrategias y procesos de relación con la ciudadanía del Instituto, en los tres niveles de atención nacional, regional y zonal.

2.

Diseñar y coordinar la implementación del modelo institucional de Relación Estado - Ciudadanía, incorporando los atributos de lenguaje claro, accesibilidad, diálogo e inclusión social, de acuerdo con la normativa vigente, las metodologías expedidas por el Gobierno Nacional y los procesos de la entidad.

3.

Gestionar y tramitar en el módulo de Servicio al Ciudadano del Sistema de Información Misional las peticiones, quejas, reclamos y sugerencias, establecidas en la normatividad interna y externa vigente sobre la materia, en los tres niveles de atención, realizando el seguimiento a la respuesta.

4.

Realizar monitoreo y seguimiento a los indicadores y niveles de servicio establecidos en el esquema de servicio a la ciudadanía de la entidad.

5.

Generar, analizar y reportar estadísticas relacionadas con el servicio a la ciudadanía en los diferentes canales de atención, que ingresen a través del módulo de Servicio al Ciudadano del Sistema de Información Misional.

6.

Realizar monitoreo y seguimiento a los indicadores del proceso y los niveles de servicio de los canales de atención establecidos en el esquema de servicio a la ciudadanía de la entidad.

7.

Fomentar el conocimiento y la promoción de una cultura del servicio, acciones de lenguaje claro, habilidades blandas en servicio y línea técnica propia del Proceso de Relación con el Ciudadano.

8.

Articular las acciones para incorporar el lenguaje claro comprensible e incluyente en los procesos de la entidad.

9.

Orientar el diseño, implementación y seguimiento de los mecanismos de participación ciudadana en la gestión pública que el Instituto deba aplicar de conformidad con la ley.

10.

Coordinar los actores responsables de la aplicación y cumplimiento de la normativa sobre transparencia y acceso a la información pública, y atender los requerimientos relacionados con el cumplimiento del índice de transparencia.

11.

Dirigir la rendición de cuentas del Instituto, aplicando las normas y lineamientos institucionales.

12.

Dirigir la política de racionalización de trámites del Instituto, aplicando las herramientas estatales y normas vigentes.

13.

Realizar la caracterización y actualización de los grupos de valor e interés de la entidad.

14.

Diseñar e implementar estrategias para la promoción de derechos y deberes de la ciudadanía, así como de los mecanismos de relacionamiento con el Instituto.

15.

Realizar la caracterización y actualización de los grupos de valor e interés de la entidad, así como realizar la evaluación de su satisfacción.

16.

Liderar, ejecutar y realizar seguimiento a las políticas del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), que le sean asignadas a la dependencia.

17.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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