Micelio

Artículo 41

Dirección De Relación Con La Ciudadanía

Decreto 1430 de 2025 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de Relación con la Ciudadanía . Son funciones de la Dirección de Relación con la Ciudadanía, las siguientes

1.

Diseñar, implementar y realizar seguimiento al modelo, políticas, estrategias y procesos de relación con la ciudadanía del Instituto, en los tres niveles de atención nacional, regional y zonal.

2.

Diseñar y coordinar la implementación del modelo institucional de Relación Estado - Ciudadanía, incorporando los atributos de lenguaje claro, accesibilidad, diálogo e inclusión social, de acuerdo con la normativa vigente, las metodologías expedidas por el Gobierno Nacional y los procesos de la entidad.

3.

Gestionar y tramitar en el módulo de Servicio al Ciudadano del Sistema de Información Misional las peticiones, quejas, reclamos y sugerencias, establecidas en la normatividad interna y externa vigente sobre la materia, en los tres niveles de atención, realizando el seguimiento a la respuesta.

4.

Realizar monitoreo y seguimiento a los indicadores y niveles de servicio establecidos en el esquema de servicio a la ciudadanía de la entidad.

5.

Generar, analizar y reportar estadísticas relacionadas con el servicio a la ciudadanía en los diferentes canales de atención, que ingresen a través del módulo de Servicio al Ciudadano del Sistema de Información Misional.

6.

Realizar monitoreo y seguimiento a los indicadores del proceso y los niveles de servicio de los canales de atención establecidos en el esquema de servicio a la ciudadanía de la entidad.

7.

Fomentar el conocimiento y la promoción de una cultura del servicio, acciones de lenguaje claro, habilidades blandas en servicio y línea técnica propia del Proceso de Relación con el Ciudadano.

8.

Articular las acciones para incorporar el lenguaje claro comprensible e incluyente en los procesos de la entidad.

9.

Orientar el diseño, implementación y seguimiento de los mecanismos de participación ciudadana en la gestión pública que el Instituto deba aplicar de conformidad con la ley.

10.

Coordinar los actores responsables de la aplicación y cumplimiento de la normativa sobre transparencia y acceso a la información pública, y atender los requerimientos relacionados con el cumplimiento del índice de transparencia.

11.

Dirigir la rendición de cuentas del Instituto, aplicando las normas y lineamientos institucionales.

12.

Dirigir la política de racionalización de trámites del Instituto, aplicando las herramientas estatales y normas vigentes.

13.

Realizar la caracterización y actualización de los grupos de valor e interés de la entidad.

14.

Diseñar e implementar estrategias para la promoción de derechos y deberes de la ciudadanía, así como de los mecanismos de relacionamiento con el Instituto.

15.

Realizar la caracterización y actualización de los grupos de valor e interés de la entidad, así como realizar la evaluación de su satisfacción.

16.

Liderar, ejecutar y realizar seguimiento a las políticas del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), que le sean asignadas a la dependencia.

17.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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