Artículo único. Reconócese al señor Leocadio Pinzón H. la diferencia entre el sueldo de Ayudante y el de Oficial de la Sección 2ª, Giros Postales, de la Administración Principal de Correos de Bogotá, desde el 11 de febrero último, hasta el día en que tome posesión del mismo puesto de Oficial, cuyo aseguro ya tiene constituido.
La diferencia entre tales sueldos, que es la de cuarenta pesos ($ 40 ) mensuales, se imputará al artículo 072, capítulo 54, del Presupuesto vigente. Comuníquese y publíquese.