Micelio

Artículo 2.4.4.7

Decreto 1084 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Informe anual de resultados. Las entidades nacionales que desa­rrollen programas en cofinanciación con las entidades territoriales reportarán anualmente a la CIPI sus resultados en el formato que esta defina, con el fin de que la información suministrada sea incluida en el informe anual de seguimiento que deberá presentarse ante el Congreso de la República, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1804 de 2016. Las entidades territoriales harán lo propio en sus informes anuales para las Asambleas Departamentales y los Concejos Distritales y Municipales, según corresponda.

El informe anual de implementación de la política también incluirá un balance presu­puestal de su ejecución

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1084 de 2015