Micelio

Artículo 4

El Patrimonio De La Empresa Estará Constituido Por Todos Los Bienes, Derechos, Instalaciones, Servicios Y Capital De Trabajo De Los Puertos Y Terminales Marítimos Y Fluviales De Barranquilla, Buenaventura, Cartagena, San Andrés, Santa Marta Y Tumaco, Y De Los Que Posteriormente Incorpore Él Gobierno A La Empresa O Ésta Adquiera

Decreto 1414 de 1961 · Por el cual se reglamenta la ley 154 de 1959, orgánica de la Empresa "Puertos de Colombia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El patrimonio de la Empresa estará constituido por todos los bienes, derechos, instalaciones, servicios y capital de trabajo de los Puertos y Terminales Marítimos y Fluviales de Barranquilla, Buenaventura, Cartagena, San Andrés, Santa Marta y Tumaco, y de los que posteriormente incorpore él Gobierno a la Empresa o ésta adquiera.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1414 de 1961