Centros de conciliación de facultades de derecho. Las Facultades de Derecho podrán organizar su propio centro de conciliación. Dichos centros de conciliación deberán conocer de todas aquellas materias a que se refiere el artículo 65 de la presente ley, sin limitarse a los asuntos de competencia de los consultorios jurídicos. Vigente desde: 07/07/1998 y hasta el: 04/01/2001
Ley 446 de 1998 →Derogado
Artículo 95
Derogado
Ley 446 de 1998 · por la cual se adoptan como legislación permanente algunas normas del Decreto 2651 de 1991, se modifican algunas del Código de Procedimiento Civil, se derogan otras de la Ley 23 de 1991 y del Decreto 2279 de 1989, se modifican y expiden normas del Código Contencioso Administrativo y se dictan otras disposiciones sobre descongestión, eficiencia y acceso a la justicia.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Derogado
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.