Micelio

Artículo 17

Solicitud Previa De Liquidación

Decreto 2148 de 1991 · por el cual se establecen las normas aplicables a la importación de vehículos automóviles, equipajes y menajes que realicen las embajadas o sedes oficiales, los Agentes diplomáticos, consulares y de organismos internacionales acreditados en el país y los funcionarios colombianos que regresen al término de su misión.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 17. Solicitud previa de liquidación . A solicitud de la entidad beneficiaria, la Dirección General de Aduanas expedirá una liquidación señalando el monto total de los impuestos a pagar en el momento de la venta del vehículo y dispondrá de un término de treinta (30) días contados a partir de la fecha de solicitud para formular el cobro, que deberá ser cancelado en el plazo que establecen las normas generales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2148 de 1991