Micelio

Artículo 6

La Caja Y La Respectiva Entidad, De Las Que Se Crean Mediante El Presente Decreto, Acordarán Los Términos De La Sustitución Patronal, Con Sujeción A Las Disposiciones Legales, Respecto Del Personal Que Haya De Realizar Las Actividades Que Permitan El Funcionamiento De Las Citadas Entidades

Decreto 1599 de 1984 · Por el cual se reestructura administrativamente la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero se crean unas sociedades de Economía Mixta y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Caja y la respectiva entidad, de las que se crean mediante el presente Decreto, acordarán los términos de la sustitución patronal, con sujeción a las disposiciones legales, respecto del personal que haya de realizar las actividades que permitan el funcionamiento de las citadas entidades. En virtud de que la sustitución patronal no implica afectación de los derechos individuales de los trabajadores cobijados por ella, no se entenderá que en cuanto a tales trabajadores se ha operado traslado alguno, para ningún efecto legal, convencional o contractual.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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