Micelio

Artículo 41

Decreto 461 de 1994 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 003 del 3 de mayo de 1993 del Consejo Directivo del Instituto de Seguros Sociales, empresa industrial y comercial del Estado, vinculada al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que adopta los Estatutos de esa entidad

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

INHABILIDADES, INCOMPATIBILIDADES, RESPONSABILIDADES Y PROHIBICIONES. A los miembros del Consejo Directivo del ISS y a todos los servidores públicos vinculados al Instituto, se les aplicará el régimen de incompatibilidades, inhabilidades, responsabilidades y prohibiciones, de que trata la Constitución Política, la ley, y demás normas que regulen la materia.

Parágrafo

Lo ordenado en el presente artículo no impide a ninguna de las personas mencionadas utilizar los servicios de los seguros sociales obligatorios, bajo las condiciones contempladas en la ley o en los reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 461 de 1994